Código ético

Código ético

Código ético

1. INTRODUCCIÓN
Este documento define los valores y los principios de conducta importantes para Last Technology s.r.l., con el objetivo de alcanzar un buen funcionamiento, una buena confianza, el respeto de las leyes y de los reglamentos además de una buena reputación para Last Technology.
El Código se concibió para guiarnos tanto en el trabajo diario como en la programación estratégica y en la toma de decisiones.
Contiene el conjunto de los derechos, de los deberes y de las responsabilidades de Last respecto a las partes interesadas internas o externas respecto a la Empresa (empleados, colaboradores, proveedores, clientes, Administraciones Públicas, etc.) sin tener en cuenta lo previsto a nivel de normas.
Este documento fue aprobado por los órganos de dirección de la sociedad, que se compromete en asegurar su difusión máxima.

1.1 ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL CÓDIGO Y DESTINATARIOS
Los principios y las disposiciones de este Código Ético (en lo sucesivo el “Código”) constituyen características modelo de las obligaciones generales de diligencia, educación y lealtad, que califican el cumplimiento del trabajo y la conducta respecto al lugar de trabajo.
El Código acoge y adopta los “Principios Empresariales” Last que definen los valores empresariales fundamentales que la Sociedad adoptó.
Los principios y las disposiciones del Código vinculan a todos los administradores de Last (“Administradores”, todos aquellos que están vinculados por relaciones de trabajo subordinado con Last y todos aquellos que trabajan para Last, sin tener en cuenta la relación, incluso temporal, que los ata a la misma (“Colaboradores”).
El Código llegará a los Destinatarios y a terceros que reciban encargos de parte de Last o que con ésta tengan relaciones estables o temporales.

2. PRINCIPIOS GENERALES

2.1 EDUCACIÓN Y TRANSPARENCIA DE LAS INFORMACIONES EMPRESARIALES
Cada operación y/o transacción, que se entienda en el sentido más amplio del término, debe ser legítima, autorizada, coherente, conveniente, documentada, registrada y, en cualquier momento, comprobable. Todos los que realizan dichas operaciones deben asegurar trazabilidad de las razones que permitieron la realización, la prueba de las posibles autorizaciones y de las modalidades de realización de la operación misma. Esto significa que cada acción y operación tiene que registrarse de manera adecuada en el sistema de contabilidad, de acuerdo con los principios indicados por la ley y los principios contables aplicables.
Los Destinatarios y los sujetos que realizan adquisiciones de bienes y/o servicios, incluidas consultas externas, a nombre de la Sociedad, deben actuar conformemente a los principios de educación, rentabilidad, calidad y legalidad, además de actuar con la diligencia del buen padre de familia.

2.2 PRIVACIDAD Y TRATAMIENTO DE LAS INFORMACIONES
La Sociedad asegura la privacidad de los datos personales de que dispone utilizándolos conformemente con las normas jurídicas vigentes.
Los Colaboradores de Last no deben utilizar informaciones privadas para fines no relacionados con el ejercicio de su propia actividad.

2.3 CONFLICTO DE INTERESES
En gestionar una actividad de cualquier tipo, por parte de los empleados y, generalmente, de todos los que actúan en nombre y por cuenta de Last, deben evitarse situaciones en las que pueda ocurrir un conflicto de intereses que pueda influenciar la imparcialidad y la ética del comportamiento de los sujetos que se acaban de citar.
Los sujetos que se encuentren en una situación de conflicto de intereses, aunque sólo posible, deben informar inmediatamente el Responsable de Función que evaluará la conducta que se tiene que adoptar.

2.4 TRANSPARENCIA E INTEGRIDAD DE LA INFORMACIÓN
Los Colaboradores de Last deben dar informaciones completas, transparentes, comprensibles y meticulosas, con el objetivo de permitir al conjunto de las partes interesadas de tomar, de acuerdo con el desarrollo de las relaciones que surgen, decisiones autónomas y conscientes de los intereses implicados, de las alternativas y de las consecuencias importantes.
Sobre todo, en cualquier tipo de acuerdo, Last deberá especificar al contrayente, de forma clara y comprensible, la conducta con la que se debe actuar en el desempeño de la relación instaurada.

2.5 COMPETENCIA
La Sociedad reconoce que una competencia correcta y leal es un elemento fundamental para el desarrollo de la actividad de empresa. Por esta razón, la Sociedad respeta las reglas de lealtad de la competencia y, en ningún caso actúa o se comporta de forma contraria a una competencia libre y leal.

2.6 TUTELA Y VALOR DE LOS RECURSOS HUMANOS
Last tutela y promueve el valor y el desarrollo de los recursos humanos, como factor importante de éxito para la sociedad, con la finalidad de maximizar el grado de satisfacción y aumentar el patrimonio de competencias adquiridas.
En la gestión de las relaciones que implican el establecimiento de relaciones jerárquicas, Last solicita que la autoridad se ejerza con equidad y de manera correcta, prohibiendo todo tipo de conducta que pueda considerarse lesivo para la dignidad y la autonomía del empleado.
Para asegurar el pleno respeto de la persona, la Sociedad se compromete en respetar las obligaciones de ley por lo que concierne la tutela del trabajo, de las condiciones higiénico-sanitaria y de seguridad, los derechos sindicales o, de todas formas, de asociación y representación, solicitados por la normativa del país en el que operan.

2.7 HOMENAJE, REGALOS Y VENTAJAS
No está permitido a los Destinatarios (ni directamente ni por medio de terceros) ofrecer o recibir a/de cualquiera ningún regalo que pueda considerarse como exagerado respecto a las normales prácticas comerciales o de educación, es decir para lograr tratos de favor en la administración de cualquiera actividad relacionada con la sociedad.
Sobre todo, se prohíbe cualquier tipo de regalo respecto a Funcionarios Públicos (tanto italianos como extranjeros), es decir, a familiares y parientes.
En los países en los que es costumbre ofrecer regalos a clientes u a otros sujetos por motivos de cortesía, dichos regalos deben ser de naturaleza y valor adecuado, no chocar con las disposiciones de Ley y Reglamento en aquel lugar temporalmente vigente y no ser, en ningún caso, interpretables como contrapartida en la solicitud de favores y/o facilitaciones.
Si un Destinatario recibe ofertas y/o solicitudes de regalos o ventajas, exceptuando posibles homenajes de uso comercial o de valor módico, está obligado a informar inmediatamente su propio superior jerárquico.

2.8 RESPETO Y TUTELA DEL MEDIO AMBIENTE
En el marco de la propia actividad, Last se inspira al principio de protección del medio ambiente y su objetivo es tutelar la seguridad y la salud de los Destinatarios. Las actividades de la sociedad deben llevarse acabo conformemente a la normativa vigente en materia de prevención y protección.
La búsqueda y la innovación tecnológica deben dedicarse, sobre todo, a la realización y a la promoción de productos y procesos cada vez más compatibles con el medio ambiente y caracterizados por una atención cada vez mayor respecto a la seguridad y a la salud de los Destinatarios.

2.9 SEGURIDAD LABORAL
Last promueve la cultura de la salud y seguridad en el lugar de trabajo, confirmando su compromiso máximo en asegurar dicha cultura en su estructura. La Sociedad está comprometida en realizar y conservar ambientes y lugares de trabajo seguros para cada empleado.
En el riguroso respeto de la normativa vigente relativa a la prevención de accidentes, tanto nacional como comunitaria, Last actúa para prevenir los accidentes y las enfermedades profesionales, adoptando sistemas para gestionar la seguridad enfocados en la prevención, intentando introducir en cada nivel empresarial una fuerte cultura respecto a la seguridad laboral. La Sociedad proporciona a sus empleados – de todos los niveles y cargos – formación, informaciones generales y específicas y todo tipo de soporte que permita trabajar en condiciones de salud y seguridad.
Last hace de manera que se lleven a cabo evaluaciones de los riesgos y que se adopten medidas de corrección adecuadas para evitar riesgos para la salud, la seguridad humana y las mismas actividades empresariales.

2.10 CALIDAD
La Sociedad coloca en posición central el objetivo de la satisfacción y de la tutela de sus propios clientes. Estándares cualitativos elevados y mirada hacia el futuro acerca de las novedades tecnológicas que caracterizan la política empresarial.
Lograr el certificado ISO9001 certifica la atención respecto a la calidad de parte de la sociedad.

2.11 SEGURIDAD DE LOS PRODUCTOS
La Sociedad garantiza la seguridad de los productos que pone en comercio: para hacer esto, la Sociedad asegura el cumplimiento escrupuloso de todas las normas legales, reglamentares y técnicas de vez en vez aplicables y actúa procedimientos de control. Además, la Sociedad se preocupa mucho por garantizar la seguridad del usuario final y, para alcanzar este objetivo, cumple de forma escrupulosa con todas las normas legales, reglamentares y técnicas destinadas específicamente para su protección.

3. 3. CRITERIOS DE CONDUCTA EN LAS RELACIONES CON LOS COLABORADORES

3.1 SELECCIÓN DEL PERSONAL
El personal para asumir se evalúa de acuerdo con la correspondencia de los perfiles de los candidatos con los esperados y con las exigencias empresariales, respetando la igualdad de oportunidades respecto a todos los sujetos interesados. Las informaciones solicitadas están relacionadas de manera estricta con el control de los aspectos previstos por el perfil profesional y psicoaptitudinal, respetando la vida privada y las opiniones del candidato. La Función Personal, en los límites de las informaciones disponibles, adopta medidas adecuadas para evitar favoritismos, amiguismos o formas de clientelismo en las fases de selección y asunción.

3.2 CONSTITUCIÓN DE LA RELACIÓN DE TRABAJO
El personal queda asumido mediante contrato de trabajo regular. En el momento de formar la relación de trabajo, cada empleado debe recibir informaciones respecto a:
• características de la función de pertenencia, responsabilidad del propio papel y de las tareas para desempeñar;
• elementos normativos y retributivos como regulados por el convenio colectivo profesional y nacional;
• normas y procedimientos para adoptar con el objetivo de evitar conductas contrarias a normas de ley y políticas empresariales.
Dichas informaciones se presentan al empleado, de manera que aceptar el cargo significa haber comprendido todo.

3.3 GESTIÓN DEL EMPLEADO
Cada Responsable de Función tiene que valorizar el tiempo de trabajo de los empleados solicitando prestaciones coherentes con el ejercicio de sus tarea y con programas de organización del trabajo.
Constituye abuso de la posición de autoridad solicitar, como acto necesario al superior jerárquico, prestaciones, favores personales o cualquier conducta que se presente como una violación de este Código.
Está asegurado el envolvimiento de los empleados en el desempeño del trabajo, incluso pensando en momentos de participación en discusiones y decisiones funcionales a la realización de los objetivos empresariales. El empleado tiene que participar en dichos momentos con espíritu de colaboración e independencia del juicio.

3.4 VALORIZACIÓN Y FORMACIÓN DE LOS RECURSOS
Cada Responsable de Función debe utilizar y valorizar plenamente todas las profesionalidades presentes en la estructura mediante activación de los argumentos disponibles para favorecer el desarrollo y el crecimiento de los propios empleados.
Last pone a disposición de todos los empleados instrumentos informativos y formativos con el objetivo de valorizar las competencias específicas y aumentar el valor profesional del personal.
Se realiza una formación institucional, proporcionada en determinados momentos de la vida empresarial del empleado (por ejemplo, nuevos empleados, formación en tema de seguridad laboral, relativa prevención de accidentes, introducción acerca de la empresa y de sus negocios) y una formación continua para el personal operativo.

3.5 TUTELA DE LA PRIVACIDAD
La privacidad del colaborador queda protegida adoptando estándares que especifican las informaciones que la empresa solicita al colaborador y las relativas modalidades de tratamiento y memorización.
Queda excluida cualquier tipo de encuesta acerca de ideas, preferencias, gustos personales y, en general, la vida privada de los colaboradores. Además, dichos estándares prevén la prohibición, sin perjuicio de las hipótesis previstas por la ley, de comunicar/difundir los datos personales sin consentimiento previo, por parte de cada colaborador, de las normas relativas a la protección de la privacidad.

3.6 DEBERES DE LOS COLABORADORES
• Asumir y guardar conductas de elevada profesionalidad respecto a la sociedad, con el objetivo de crear valor para la sociedad misma;
• utilizar racionalmente los instrumentos puestos a disposición por la sociedad cuyos objetivos son laborales y no personales;
• utilizar los medios a disposición respetando el destino de uso, curando el funcionamiento y el mantenimiento ordinario, evitando daños;
• evitar consumos y desperdicios de materiales y desgastes;
• inspirarse, en los ejercicios de la actividad laboral, a principios de transparencia, educación, honestidad y profesionalidad tanto dentro como fuera de la sociedad;
• desempeñar con responsabilidad el papel de cada uno y respetar las directivas proporcionadas por los Responsables de forma rápida, leal y fiel;
• guardar con los colegas una relación fundada en los principios de convivencia civil, leal cooperación y colaboración eficaz;
• respetar con conciencia, diligencia y profesionalidad, las normativas en materia de seguridad laboral;
• conocer y actuar lo previsto por las políticas empresariales en materia de seguridad de las informaciones para asegurar su integridad, privacidad y disponibilidad;
Last se reserva el derecho de prohibir el uso impropio de sus bienes e infraestructuras mediante el uso de sistemas contables, de reporting, de control financiero y de análisis y prevención de los riesgos, sin perjuicio de lo previsto por las leyes vigentes (ley de privacidad, estatuto de los trabajadores, etc.)
Por lo que concierne, las aplicaciones informáticas, cada colaborador tiene que:
• adoptar escrupulosamente lo previsto por las políticas en tema de seguridad empresarial, para no comprometer la funcionalidad y la protección de los sistemas informáticos;
• no enviar mensajes de correo electrónico amenazadores e injuriosos, no utilizar lenguaje de bajo nivel, no comentar de manera no apropiada que pueda resultar una ofensa para la persona y/o dañar la imagen empresarial;
• no navegar en sitios internet con contenidos no decorosos y ofensivos.

4. CRITERIO DE CONTACTO EN LAS RELACIONES EXTERNAS

4.1 RELACIONES CON LOS CLIENTES
Las relaciones con los clientes deben basarse en la educación, cortesía y disponibilidad.
La Sociedad se compromete en proporcionar, con eficiencia y cortesía, en los límites del contrato, productos de calidad elevada que satisfagan o superen las expectativas razonables del cliente. Además, se compromete en proporcionar informaciones precisas y exhaustivas acerca de productos y servicios de manera que el cliente pueda tomar decisiones razonadas.
Todas las actividades de relación contractual con los clientes deben estar documentadas y deben poderse trazar.
La satisfacción de los clientes es un recurso principal. Por esto, la Sociedad toma medidas y procedimientos para controlar y evaluar que los clientes estén satisfechos de los productos y servicios ofrecidos, de manera que se pueda mejorar día tras día el nivel de la propia oferta comercial y se pueda remediar de forma rápida y eficaz a los casos de posibles insatisfacción.

4.2 RELACIONES CON LOS PROVEEDORES
La Sociedad reconoce el papel de importancia primaria de los proveedores para el desarrollo de la sociedad.
La Sociedad, en seleccionar sus proveedores, tiene que cumplir siempre con criterios concretos, documentables, trazables y adoptar conductas orientadas a la ventaja competitiva máxima para la sociedad, asegurando y garantizando al mismo tiempo a todos los proveedores lealtad, imparcialidad e igualdad de oportunidades en tema de colaboración.
Last selecciona sus proveedores teniendo en cuenta la calidad, el coste, la puntualidad y el servicio proporcionado y asegura que su personal seleccione los proveedores conformemente a los procedimientos internos aptos a garantizar la selección del proveedor que ofrezca las mejores prestaciones de acuerdo con las características que se indican en este artículo. Dichos procedimientos sirven
para garantizar la realización de relaciones estables y duraderas cuyas características principales sean la transparencia y la educación.

4.3 RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y LAS INSTITUCIONES
En las relaciones con las Administraciones Públicas y las instituciones, tanto nacionales como extranjeras, los Destinatarios deben actuar en conformidad con las Leyes y los Reglamentos vigentes, es decir según educación y lealtad, sin influenciar de manera inadecuada y de alguna manera las decisiones de la contraparte para obtener ningún trato de favor.
En ningún caso, los Destinatarios del Código deben prometer o enviar dinero u otros bienes o conceder otros instrumentos a funcionarios públicos con la finalidad de promover o favorecer intereses de la sociedad, ni siquiera bajo presiones ilegales. Este artículo se aplica incluso en el caso en que el dinero u otro bien se prometa o se conceda para hacer que el funcionario público cumpla un acto conforme a las obligaciones de su cargo.

5. MODALIDAD DE ACTUACIÓN
Cumplir con las normas del Código es parte esencial de las obligaciones contractuales de los empleados de acuerdo y a los efectos de los artículos 2104, 2105 e 2106 del Código Civil.
Nei contratti di collaborazione è incluso l’obbligo dell’osservanza del presente Codice etico.
En los contratos de colaboración se incluye la obligación de cumplir con este Código ético. Violar las disposiciones del Código por parte del personal de la sociedad podrá constituir incumplimiento de las obligaciones principales de la relación de trabajo subordinado o de colaboración, o ilícito disciplinar, de acuerdo con los procedimientos establecidos por el artículo 7 del estatuto de los trabajadores (donde y en cuanto aplicables), con todo tipo de consecuencia de ley, incluso respecto a la conservación de la relación de trabajo subordinado o de colaboración y, además, podrá ser causa de solicitación de indemnización de daños.

5.1 CONOCIMIENTO Y COMPRENSIÓN DEL CÓDIGO ÉTICO
Existen actividades de comunicación y de difusión por red intranet e internet aptas para dar a conocer el Código a las partes interesadas internas y externas a la sociedad. El Código se distribuye a todos los empleados en fase de asunción y a todos los sujetos terceros que entran en relaciones de negocios con Last.
Dentro de la sociedad, un buen conocimiento y una buena comprensión del Código por parte de todo el personal queda asegurada mediante programas de información y formación.

5.2 ÓRGANOS RESPONSABLES
El Responsable de la función de los Recursos Humanos de la sociedad prevé divulgar el Código y los principios que éste contiene mediante introducción del mismo en la red intranet empresarial y en el sitio internet institucional y mediante entrega de copia de papel del Código a todos los que van entrando.
La divulgación del Código debe estar asegurada correctamente incluso en las relaciones externas llevadas a cabo por la sociedad.
El Responsable de los Recursos Humanos de la sociedad puede efectuar comprobaciones acerca del tanto en el que se respetan las disposiciones del Código dentro de la sociedad y es responsable de la prueba acerca de la verdad de las violaciones señaladas por los Destinatarios del Código. Es responsabilidad de cada empleado consultar su responsable directo por cualquier explicación en materia de interpretación o aplicación de las reglas de conducta que se encuentran en el Código.
Es un derecho de todos los Destinatarios sugerir posibles exigencias de revisión del Código.

Aprobado por el Consejo de Administración el 9 de noviembre de 2015.